EL RACIONALISMO UTÓPICO Y LA
TEORÍA DEL CONTRATO SOCIAL EN JEAN-JACQUES ROUSSEAU
por
Peredur
Citado
por Kant como el “Newton de la moral” y por el poeta Heinrich Heine como “la
cabeza revolucionaria de la cual Robespierre no fue más que el brazo ejecutor”,
Jean-Jacques Rousseau (Ginebra, 1712-1778) está considerado con razón como el pensador
más importante de la Ilustración francesa. Su filosofía política puede ser
nombrada como ‘Racionalismo utópico’ y se encuentra recogida en varios escritos,
entre los que cabe destacar El contrato
social (1762), el Emilio o sobre la
educación (1762) y el Discurso sobre
el origen de la desigualdad entre los hombres (1754). Tras su muerte, sus
ideas sirvieron de inspiración a Thomas Jefferson ─autor de la “Declaración de
Independencia” de los Estados Unidos─, a los revolucionarios franceses de 1789
y, ya en el siglo XIX, a los impulsores ideológicos del Comunismo.
Punto de partida: crítica de la idea
de progreso.
El
punto de partida del pensamiento de Rousseau se localiza en su crítica de la
concepción que en su época se tenía del progreso cultural y científico como
progreso social. Para Rousseau ambos aspectos del progreso son independientes,
pues los avances en la cultura, en las ciencias y en las artes no conllevan
necesariamente mejoras sociales encaminadas a hacer de los hombres seres más
felices y más libres. En consecuencia, se requería examinar cuál es exactamente
la naturaleza humana y cuál el proceso por el que el hombre ha llegado a vivir
en sociedad, pues sólo así el ser humano estaría en condiciones de conocer qué
tipo de organización social supondría para él un progreso moral hacia su
felicidad.
El estado de naturaleza: el buen
salvaje.
Con
las expresiones ‘estado de naturaleza’ y ‘hombre natural’ Rousseau no designa
una situación histórica determinada. Por lo contrario, el estado de naturaleza es
tan sólo una hipótesis formal mediante la cual el autor ginebrino intenta
analizar la naturaleza humana para así poder diseñar teóricamente un nuevo
orden social más justo e igualitario, más acorde con las inclinaciones
naturales de los hombres. Al igual que sus predecesores contractualistas, Rousseau
considera que el hombre en estado de naturaleza ─al que denomina ‘buen salvaje’─
no es un ser naturalmente sociable, como pensaba Aristóteles; pero tampoco se
encuentra en guerra con el resto de los hombres, como creía Hobbes. En su
lugar, vive en aislamiento, relacionándose únicamente con la naturaleza, de la
cual se sirve para satisfacer todas sus necesidades de una forma armoniosa y
pacífica. El buen salvaje de Rousseau es, por lo tanto, un ser libre, autónomo
y feliz, así como un ser carente de maldad.
El paso al estado de sociedad.
Debido
a circunstancias fortuitas ─malas cosechas, cambios climáticos, etc.─ que
impiden a los hombres satisfacer sus necesidades, éstos se ven obligados a
salir del estado de naturaleza y a asociarse con otros hombres para poder
sobrevivir. Esta unión supone un cambio en su conducta y en sus costumbres que
da inicio a un proceso de decadencia a través del cual van naciendo las
envidias, la competitividad, el temor y la venganza. A través de este proceso el
hombre se aleja del bien, de la libertad y de la felicidad de las que había
disfrutado durante su estado de naturaleza. En consecuencia, es a lo largo de
su historia en sociedad como el hombre se ha ido convirtiendo en un lobo para
el hombre. Este nuevo orden social va a caracterizarse por el reparto de
tierras, la división del trabajo, la propiedad privada y el distanciamiento
entre ricos y pobres. Con la propiedad privada aparecen las desigualdades y los
conflictos, pues los más afortunados, ante la amenaza de ser atacados por los menos
favorecidos, establecen un modelo de organización social que defiende sus
privilegios y perpetúa las desigualdades. Ante esta situación ─apunta Rousseau─
se impone forzosamente un retorno teórico al estado de naturaleza, el cual se
llevará a cabo a través de un contrato social por medio del cual los hombres
podrán construir una sociedad más acorde con sus inclinaciones originarias.
El contrato social.
El
contrato social es para Rousseau un acuerdo por el que los hombres establecen para
sí unas leyes racionales que tienen como objetivo el bien común. No se trata,
por lo tanto, de un pacto de sumisión a una tercera persona, como el propuesto
por Hobbes, sino de un pacto establecido en condiciones de libertad e igualdad
por medio del cual cada hombre renuncia a su voluntad individual y a sus
propios intereses en favor de la voluntad colectiva y los intereses de toda la
comunidad. Al someterse a la ley que ellos mismos se dan, cada hombre acepta la
voluntad colectiva como si de su propia voluntad se tratara. De esta manera el
contrato social da origen a un Estado democrático en el que la voluntad general
es administrada por un gobierno que representa a toda la comunidad. Por todo
ello, en el hipotético caso de que los gobernantes sobrepasasen sus funciones,
el pueblo podría perfectamente destituirlos e incluso alzarse contra ellos. En
cuanto a la religión, ésta, entendida como religión natural, sería la fuerza
integradora de la sociedad.
¿Estado democrático o despotismo
de la mayoría?
Aunque
la teoría contractualista de Rousseau puede considerarse sin ningún género de
duda como partidaria del Estado democrático, el principal de sus argumentos
parece desembocar sin embargo en lo que podríamos denominar ‘el despotismo de
la mayoría’. Según éste, cuando la voluntad de un ciudadano entra en conflicto
con la voluntad predominante se le impone el deber de aceptar que se ha
equivocado. En este sentido, al renunciar a su voluntad individual en favor de
la voluntad general, cada individuo termina negando su propia libertad en favor
del despotismo de la mayoría.
Jean-Jacques Rousseau (Ginebra, 1712-1778)
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